A casi veinte años del arresto y tortura denunciada por la periodista Lydia Cacho, el sistema judicial mexicano ha dado un giro que reaviva viejas heridas y pone en entredicho la capacidad del Estado para castigar la violencia contra la libertad de expresión. El 4 de julio de 2025, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, con sede en Quintana Roo, absolvió por unanimidad al excomandante Juan Sánchez Moreno. El tribunal determinó que no existen pruebas suficientes para acreditar su participación en los actos de tortura cometidos contra Cacho en diciembre de 2005.
El fallo se basó en un análisis integral de declaraciones de testigos y del dictamen psicológico practicado a la víctima. La resolución sostiene que no hay evidencia que destruya la presunción de inocencia del exfuncionario ni que pruebe su participación directa o indirecta —es decir, como autor mediato— en los hechos denunciados. Según el tribunal, los actos considerados como tortura fueron cometidos por otros actores, y no se acreditó que Sánchez Moreno los haya dirigido, ordenado o facilitado.
La periodista fue detenida en Cancún y trasladada a Puebla en un operativo de más de 20 horas en diciembre de 2005, después de la publicación de su libro Los demonios del Edén, donde reveló una red de abuso sexual infantil con presuntos vínculos empresariales y políticos. Durante el trayecto, denunció haber sido intimidada, amenazada y sometida a tratos crueles, en una acción que, desde entonces, ha sido ampliamente señalada como una represalia orquestada desde las más altas esferas del poder poblano.
Sánchez Moreno fue arrestado en abril de 2019 y vinculado al proceso penal por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), junto con otros implicados, como el exgobernador Mario Marín y el empresario Kamel Nacif. En 2020, un juez le dictó una sentencia inicial de cinco años de prisión, que fue aumentada en 2021 a siete años y medio, con inhabilitación para cargos públicos y una multa económica.
La defensa del excomandante promovió un amparo directo (76/2022), el cual fue resuelto a su favor. El tribunal ordenó su liberación inmediata y la emisión de una sentencia absolutoria en un plazo de 24 horas. La conclusión fue tajante: “No existe prueba que, de manera fehaciente y contundente, destruya el principio de presunción de inocencia y acredite sin lugar a dudas que el ahora quejoso instruyó a otros para llevar a cabo la tortura”.
El fallo no solo impacta el caso de Sánchez Moreno, sino que revive la sensación de impunidad estructural que ha marcado este proceso desde sus inicios. Aunque en 2007 la Suprema Corte reconoció violaciones a los derechos de Cacho, fue hasta 2019 que la FGR reactivó las órdenes de aprehensión contra los principales implicados.
Hoy, mientras Sánchez Moreno es liberado por falta de pruebas, Mario Marín continúa su proceso desde el penal del Altiplano, luego de que en abril de 2025 se revocara su prisión domiciliaria. Lydia Cacho ha sostenido que el exgobernador representa un riesgo para su vida, la de su familia y la de los testigos del caso, acusándolo de mantener operaciones de corrupción incluso desde prisión.
El contraste entre la liberación de uno de los acusados y la reclusión de otro refleja la fragilidad del camino hacia la justicia. La absolución de Sánchez Moreno —en un caso que ejemplifica la violencia estructural contra periodistas en México— se suma a una larga lista de decisiones judiciales que, si bien se apegan a la letra de la ley, siguen dejando preguntas abiertas sobre la justicia en su sentido más profundo.